Distrito Escolar Independiente de Harlandale
AVISO PÚBLICO
¿Sospecha usted que un bebé, niño o adolescente tiene un retraso o discapacidad en el desarrollo? Hay una manera de marcar la diferencia para estos niños y adolescentes. El individuo puede ser elegible para recibir servicios bajo la Ley de Educación para Individuos con Discapacidades (IDEA) si se le identifica con una o más discapacidades de acuerdo con los criterios federales y estatales.
Si un estudiante tiene dificultades de aprendizaje, sus padres pueden comunicarse con las personas que se enumeran a continuación para conocer el sistema de referencia de educación general o evaluación de servicios de apoyo. Este sistema vincula a los estudiantes con una variedad de opciones de apoyo, incluyendo la referencia para una evaluación de educación especial o una evaluación de la Sección 504 para determinar si el estudiante necesita ayuda, adaptaciones o servicios específicos. Un padre puede solicitar una evaluación para educación especial o servicios de la Sección 504 en cualquier momento.
Si un padre solicita por escrito una evaluación inicial para los servicios de educación especial al director de servicios de educación especial o a un empleado administrativo del distrito escolar o de la escuela autónoma de inscripción abierta, el distrito o la escuela autónoma debe responder a más tardar 15 días escolares después de haber recibido la solicitud. Una solicitud para una evaluación de educación especial se puede hacer también verbalmente; una solicitud verbal no requiere que el distrito o la escuela autónoma respondan dentro del plazo de 15 días escolares.
Información adicional sobre la educación especial está disponible en el distrito o la escuela autónoma en un documento complementario titulado Guía para padres sobre el proceso de Admisión, Revisión y Despido.
Persona de contacto para referencias de educación especial:
La persona designada para contactar con respecto a las opciones para un estudiante que experimenta dificultades de aprendizaje o con respecto a una referencia para evaluación de educación especial es:
Persona de contacto:
Christopher Douglas, Director de Educación Especial.
Número de teléfono: (210) 989-5255
Referencias de la Sección 504:
Cada distrito escolar o escuela autónoma debe contar con estándares y procedimientos establecidos para la evaluación y colocación de estudiantes en el programa de la Sección 504 del distrito o escuela autónoma. Los distritos y las escuelas autónomas también deben implementar un sistema de garantías procesales que incluya notificación, una oportunidad para que un padre o tutor examine los registros relevantes, una audiencia imparcial con la oportunidad de participación del padre o tutor y representación de un consejero, y una revisión del procedimiento.
Persona de contacto para referencias de la Sección 504:
La persona designada para contactar con respecto a las opciones para un estudiante que experimenta dificultades de aprendizaje o con respecto a una referencia para evaluación de los servicios de la Sección 504 es:
Persona de Contacto: Erica Castro
Número telefónico: (210) 989-4413
IPLSAE0159980